Yakarta, VIVA – El analista político senior Boni Hargens enfatizó que el Reglamento Número 10 de 2025 de la Policía Estatal de la República de Indonesia no entra en conflicto ni viola la Decisión del Tribunal Constitucional Número 114/PUU-XXIII/2025. El Reglamento Número 10 de 2025 de la Policía Estatal de RI (Perpol) regula la implementación de funciones de los miembros de la Polri fuera de la estructura organizativa de la Polri, particularmente en 17 ministerios/agencias.
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«El reglamento policial firmado por el jefe de la policía nacional no es en absoluto incompatible con la decisión del Tribunal Constitucional. Por el contrario, el reglamento policial sigue e implementa la decisión del Tribunal Constitucional de acuerdo con otras leyes y reglamentos, incluida la Ley de Policía Nacional y la Ley del Aparato Civil del Estado (ASN)», dijo Boni Hargens a los periodistas el martes 16 de diciembre de 2025.
Boni explicó la decisión del Tribunal Constitucional sobre la revisión judicial del artículo 28, párrafo 3, de la Ley de la Policía Nacional, que estipula que los miembros de la Policía Nacional pueden ocupar funciones fuera de la policía, pero con condiciones muy claras, es decir, después de renunciar o retirarse del servicio policial. Sin embargo, añadió, la explicación del artículo 28, apartado 3, de la Ley de la Policía Nacional proporciona una definición específica de lo que se entiende por «cargos ajenos a la policía».
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Según él, la explicación indica que los puestos fuera de la policía son puestos que no tienen nada que ver con la policía y no se basan en la misión del jefe de la policía nacional.
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“Por lo tanto, el Perpol del Jefe de la Policía Nacional tiene una base jurídica sólida y no contradice en absoluto la decisión del Tribunal Constitucional, porque las misiones allí reguladas siempre están vinculadas a las funciones policiales y se basan en las misiones oficiales del Jefe de la Policía Nacional”, continuó.
Por otro lado, explicó Boni, las misiones policiales se refieren a situaciones en las que los miembros de la Polri tienen la tarea de llevar a cabo ciertas funciones que siguen siendo relevantes para las funciones policiales, incluso si estas misiones se llevan a cabo fuera de la estructura organizativa convencional de la Polri.
Esta misión, dijo, queda bajo el mando del Jefe de la Policía Nacional y está vinculada a la implementación de funciones policiales más amplias.
En este contexto, los agentes de policía asignados a la policía no necesitan dimitir porque siguen desempeñando funciones policiales, pero en una forma y lugar diferentes. El debatido Perpol regula la asignación de miembros de la Polri a diversos ministerios e instituciones para ocupar cargos administrativos.
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«Esta misión permanece dentro del ámbito de las funciones policiales porque se basa en la misión oficial del jefe de policía y está vinculada a la función de servicio público que es una de las funciones constitucionales de la Policía. Por lo tanto, esta misión no está incluida en la categoría de ‘cargos ajenos a la policía’ como está previsto en la decisión del Tribunal Constitucional», afirmó Boni.
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