El organismo de control de la competencia de Italia, la Autoridad Italiana de Competencia (AGCM), multó a Apple con 98,6 millones de euros (116 millones de dólares) por la función de transparencia de seguimiento de aplicaciones. Aquí están los detalles.
un poco de contexto
Desde que Apple introdujo App Tracking Transparency (ATT), la función ha sido criticada por empresas y grupos de medios por cómo funciona en aplicaciones de terceros, en comparación con las propiedades de Apple.
Argumentan que si bien ATT impone límites estrictos a la recopilación y el seguimiento de datos de terceros, las plataformas y aplicaciones de Apple no están sujetas a las mismas limitaciones.
Apple, por su parte, dice que esta no es una comparación precisa porque «diseñó servicios y funciones como Siri, Maps, FaceTime e iMessage de tal manera que la empresa no puede vincular datos entre estos servicios incluso si quisiera».
En los últimos años, Apple ha sido objeto de varias investigaciones antimonopolio destinadas a determinar si el ATT tenía efectos anticompetitivos.
Hace apenas unas semanas, Apple tomó medidas para aliviar las preocupaciones antimonopolio en Alemania, lo que dio lugar a investigaciones y multas en Francia y Brasil, entre otros países.
La multa italiana
Hoy, la AGCM italiana multado Apple 98,6 millones de euros por «abuso de posición dominante”:
La Autoridad llevó a cabo una compleja investigación en coordinación con la Comisión Europea, otras autoridades nacionales de competencia y la Autoridad Italiana de Protección de Datos. Las conclusiones de la Autoridad confirmaron el carácter restrictivo – desde el punto de vista del Derecho de la competencia – de la política de transparencia en el seguimiento de aplicaciones («ATT”), es decir, las normas de confidencialidad impuestas por Apple para los dispositivos iOS, desde abril de 2021, a los desarrolladores externos de aplicaciones distribuidas a través de la App Store. En particular, los desarrolladores de aplicaciones de terceros deben obtener un consentimiento específico para la recopilación y vinculación de datos con fines publicitarios a través del indicador ATT de Apple. Sin embargo, dicha solicitud no cumple con los requisitos de la legislación de privacidad, lo que obliga a los desarrolladores a redoblar la solicitud de consentimiento para el mismo propósito.
La AGCM de Italia concluyó que las políticas de ATT «se imponen unilateralmente y perjudican los intereses de los socios comerciales de Apple», calificando la característica como «desproporcionada para el logro de los objetivos de protección de datos declarados por la empresa».
La AGCM admite que, si bien Apple puede tener una «decisión potencialmente legítima de adoptar salvaguardias destinadas a fortalecer (…) la protección de la privacidad del usuario dentro del sistema iOS, (…) la imposición de medidas que son excesivamente gravosas para los desarrolladores y desproporcionadas con respecto al objetivo de protección de la privacidad supuestamente perseguido por Apple”.
También argumentan que la implementación actual de ATT requiere que los desarrolladores soliciten consentimiento dos veces para el mismo propósito, porque la solicitud de ATT no satisface los requisitos de consentimiento del GDPR, lo que obliga a los desarrolladores a implementar su propio mecanismo de consentimiento además de eso.
Apple ya ha confirmado que recurrirá la multa. Para leer la decisión completa, sigue este enlace.
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