El Tribunal Supremo impuso sanciones disciplinarias a 85 jueces

Yakarta (ANTARA) – La Corte Suprema (MA) ha impuesto sanciones disciplinarias a 85 jueces a lo largo de 2025, como parte de su compromiso de supervisar a los funcionarios judiciales, que es inseparable del mecanismo de entrenamiento.

El Tribunal Supremo también impuso sanciones a 107 empleados, secretarías y no funcionarios (PPNPN), con lo que el número total de funcionarios judiciales que recibieron sanciones disciplinarias este año asciende a 192 personas.

«Los tipos de sanciones disciplinarias impuestas variaron, desde 45 personas que recibieron sanciones severas, 46 personas que recibieron sanciones moderadas y 101 sanciones leves», dijo el presidente del Tribunal Supremo Sunarto en su discurso durante su reflexión de fin de año en Yakarta, el martes.

Las sanciones se impusieron sobre la base de quejas recibidas por la Junta de Supervisión del Tribunal Supremo y recomendaciones de la Comisión Judicial (KY).

Sunarto dijo que el número de denuncias recibidas por la Corte Suprema este año ascendió a 5.550. De ese total, se han tramitado 4.130 denuncias o el 74,41 por ciento de ellas, mientras que las 1.420 denuncias restantes aún se encuentran en proceso de resolución.

Mientras tanto, KY presentó 36 propuestas para imponer sanciones y el número de jueces propuestos para recibir sanciones disciplinarias fue de 61 personas. Nueve expedientes han sido seguidos por la Corte Suprema, 17 expedientes no pueden ser seguidos y 10 expedientes aún se encuentran en proceso de seguimiento.

De los expedientes a los que se les ha dado seguimiento, hay 12 jueces que han sido sujetos a sanciones disciplinarias basadas en recomendaciones de KY. Además, hay 27 jueces que no pueden ser sancionados porque el material de sus denuncias se refiere a tecnicismos judiciales y al fondo de las decisiones.

Explicó que al llevar a cabo la supervisión, la Corte Suprema y KY no pueden declarar si las consideraciones jurídicas y el fondo de la decisión del juez son verdaderas o falsas, como se regula en el artículo 15 del Reglamento Conjunto del Presidente del Tribunal Supremo y el Presidente de KY Número 02/PB/MA/IX/2012 y 02/PB/P.KY/09/2012.

Sunarto enfatizó además que la supervisión no debe interpretarse como un lugar para encontrar fallas, sino más bien como una parte inseparable del mecanismo de entrenamiento.

«La supervisión se sitúa como un instrumento correctivo y preventivo destinado a mantener la dignidad del poder judicial, así como a garantizar que cada juez y aparato judicial se mantenga en los carriles de la integridad, el profesionalismo y la ética del cargo», afirmó.



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