Pasuruan (wartabromo.com) – ¿Sabía que Bolo, el salario de los funcionarios públicos (PNS), se puede dividir cuando el matrimonio termina en divorcio? Las reglas estrictas han determinado la obligación de dividir los salarios con ex esposa e hijos, especialmente si el divorcio ocurre con los deseos de los funcionarios públicos masculinos.
Informes de sipeg.unj.ac.id, esta disposición se enumera en el número 45 de la Regulación del Gobierno (PP) 45 de 1990, que es un cambio del PP número 10 de 1983 con respecto al permiso de matrimonio y divorcio para PNS.
Uno de los puntos importantes en la PP 45 de 1990 son las enmiendas al Artículo 8 con respecto a la obligación de compartir los salarios. En la nueva regla confirmada:
«La parte salarial de la ex esposa no se da cuando el motivo del divorcio se debe a adulterio» (Artículo 8 Versículo 4 pp 45 1990).
Es decir, la distribución de los salarios fijos debe ser realizada por funcionarios hombres que se divorcian de sus esposas, a menos que el divorcio sea causado por errores fatales de la esposa, por ejemplo, adulterio.
Además, el Artículo 17 de la Pp 45 de 1990 también agregó que había sanciones disciplinarias severas para los funcionarios que se negaron a llevar a cabo estas obligaciones:
«Los funcionarios civiles que se niegan a llevar a cabo las disposiciones de distribución salarial de conformidad con las disposiciones del Artículo 8 son sentenciados a una de las sentencias disciplinarias basadas en el número 30 del gobierno de 1980 con respecto a las regulaciones disciplinarias sobre los funcionarios públicos».
Por lo tanto, esta regla no es solo una formalidad, sino que es vinculante. Los funcionarios que los violan pueden ser sentenciados a disciplina de acuerdo con las regulaciones aplicables. (jun)