La policía de la ciudad de Bima celebra una sesión del KKEP y Bripka Irfan es condenada a sanciones del PTDH


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CIUDAD DE BIMA || La audiencia de la Comisión del Código de Ética de la Policía (KEPP), en nombre del presunto infractor Bripka Irfan alias Karol, miembro de la policía de la ciudad de Bima, se llevó a cabo el miércoles (3/4/2026), de 10.00 WITA a 16.00 WITA en la sala Rupattama de la policía de la ciudad de Bima. policía (polri)

El juicio del KKEP estuvo presidido por el presidente de la Comisión de KOMPOL, Herman, SH, con miembros como el vicepresidente de la Comisión, AKP Husnain, SH, y KOMPOL Dedy Supriyadi, SH. El fiscal en este juicio fue el Imam Subandi del AKP, como jefe de la policía de la ciudad de Bima, y ​​el presunto infractor acompañado por IPTU Bambang, como jefe de la policía de la ciudad de Bima.

El juicio fue completado por 7 testigos de los 9 que firmaron. Los resultados del juicio mostraron que el presunto autor había cometido deliberadamente un acto, a saber, posesión, almacenamiento y control de metanfetamina cristalina en su residencia de BTN Griya RT. 001RW. 001 Ej. Sambinae, distrito de Mpunda, ciudad de Bima.

El agravante es que el presunto delincuente no demostró sus logros como miembro de la Policía Nacional de Indonesia, degradando la imagen, la dignidad y el honor de la Policía Nacional de Indonesia, así como cumpliendo su juramento y promesa como miembro de la Policía Nacional de Indonesia.

El presunto delincuente también tiene un historial de violaciones previas de la disciplina de la policía y del código de ética profesional, que incluyen: Cuando el sospechoso leyó el crimen, hubo al menos 4 puntos de violaciones, tanto violaciones en forma de disciplina como violaciones de la ética profesional de la policía, incluidas violaciones penales.

Sanciones éticas, es decir, el comportamiento del infractor se declara un acto vergonzoso, sanciones administrativas, es decir, el despido deshonroso (PTDH).

Los resultados del juicio decidieron que el presunto infractor fue declarado culpable y se le impuso una sanción de comportamiento ético, es decir, que el infractor fue declarado un acto vergonzoso, y una sanción administrativa, a saber, el despido deshonroso (PTDH).

Con base en los resultados del juicio, el presunto infractor participó valientemente en el juicio porque aún se encontraba detenido en la Policía Regional de NTB y presentó recurso de apelación contra la decisión.

(Equipo)

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