Yakarta, VIVA – Un total de 18 académicos de derecho penal de varias universidades de Indonesia presentaron documentos amicus curiae ante el Tribunal Constitucional en los casos número 136/PUU-XXIII/2025 y número 163/PUU-XXIII/2025 presentados por Hasto Kristiyanto.
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Este caso cuestiona el artículo 21 de la Ley contra la Corrupción que regula los delitos obstrucción de la justicia. Los académicos creen que este artículo contiene estándares vagos, viola el principio de legalidad y es probable que cause una criminalización excesiva.
En un documento de varias decenas de páginas, los académicos destacaron la frase “impedir, obstaculizar o frustrar directa o indirectamente” el artículo 21 de la Ley contra la Corrupción, que se considera que no tiene límites legales claros. Esta ambigüedad se considera contraria a los principios de lex certa y lex estricto en derecho penal.
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«No existen parámetros precisos con respecto a las acciones clasificadas como ‘indirectas’. Como resultado, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley pueden interpretar libremente incluso acciones legítimas como presentaciones previas al juicio, consejos de abogados o silencio», dijo el profesor Deni Setya Bagus Yuherawan de la Universidad Trunojoyo de Madura en una declaración escrita recibida en Yakarta el domingo.
El documento amicus curiae fue presentado ante la Corte Constitucional el jueves 9 de octubre de 2025.
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El abogado destacó que esta libre interpretación viola el principio de seguridad jurídica garantizado por la Constitución y da lugar a una práctica de sobrecriminalización.
Los académicos también señalaron que no hay nada «contrario a la ley» en el artículo, por lo que acciones legales como la legítima defensa ante los tribunales podrían considerarse como una obstrucción de las investigaciones. También cuestionan la proporcionalidad de la amenaza criminal.
«El artículo 21 no es un delito básico de corrupción, sino más bien un delito general. Sin embargo, la amenaza es la más grave, por lo que es desproporcionada», afirmó Deni.
Los expertos jurídicos, formados por profesores y médicos como el profesor Stick de la UMM, el profesor Mahmutarom HR de Unwahas y la profesora Rena Yulia de Untirta, pidieron al Tribunal Constitucional que diera una interpretación restrictiva de este artículo.
Propusieron que este artículo cubra únicamente los actos maliciosos cometidos mediante violencia, intimidación o el otorgamiento de ventajas indebidas, de conformidad con el artículo 25 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
«La erradicación de la corrupción debe realizarse a través de canales legales seguros, justos y proporcionados. Las normas vagas en realidad debilitan la justicia y abren el camino al abuso de poder», escribieron los expertos amicus curiae.
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También recordaron que el lenguaje jurídico nunca es neutral y que las formulaciones vagas pueden dar lugar a una interpretación unilateral por parte de las autoridades.