Bahlil admite que la policía nacional y los fiscales contribuyen activamente a fortalecer el desempeño de la ESDM


Yakarta, VIVA – El Ministro de Energía y Recursos Minerales (ESDM), Bahlil Lahadalia, admitió que la presencia de funcionarios activos en su ministerio no es sólo una formalidad, sino que ha demostrado acelerar y fortalecer el trabajo de seguimiento en el sector ESDM.

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Según él, en el Ministerio de Energía y Recursos Minerales hay un comisario general de policía, Bahlil obedecerá la decisión del Tribunal Constitucional.

«Muy, muy (útil). La policía está activa, luego el fiscal está activo. El fiscal también está en nuestra oficina. El director general de Gakkum es del fiscal. Y creo que es una buena colaboración y muy útil», dijo, el jueves 20 de noviembre de 2025.

Destacó que la presencia de agentes encargados de hacer cumplir la ley, tanto policías como fiscales, dentro de su ministerio ha fortalecido efectivamente el sistema de seguimiento y aplicación de la ley.

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Bahlil dijo que actualmente varios miembros del personal de la policía nacional sirven en el Ministerio de Energía y Recursos Minerales, incluido el Inspector General que tiene el rango de Comisionado General. Aclaró que este cargo se ejerció de conformidad con la normativa aplicable.

«Dentro de la ESDM hay varios miembros de la Policía Nacional, incluido nuestro Inspector General. Este es el rango de 3 estrellas o como lo llamemos, comisario general», dijo.

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Anteriormente, la Corte Constitucional había enfatizado que los miembros de la policía nacional que ocupan cargos ajenos a la policía, es decir, cargos civiles, deben renunciar o retirarse del servicio policial.

La Corte Constitucional, mediante decisión número 114/PUU-XXIII/2025, eliminó las disposiciones que anteriormente proporcionaban un vacío legal que permitía a la policía ocupar activamente posiciones civiles sin renunciar primero a su condición de miembro.

«La frase ‘o no en función de una misión del Jefe de la Policía Nacional’ en la explicación del artículo 28, párrafo (3) de la Ley número 2 de 2002 relativa a la Policía Nacional es contraria a la Constitución de 1945 de la República de Indonesia y no tiene fuerza legal vinculante», dijo el presidente del Tribunal Supremo Suhartoyo, leyendo la decisión.

En este caso, el Tribunal Constitucional accedió íntegramente a la solicitud del abogado Syamsul Jahidin y del estudiante Christian Adrianus Sihite. Los peticionarios probaron la constitucionalidad de las normas del artículo 28, párrafo 3, y la explicación del artículo 28, párrafo 3, de la Ley de Policía Nacional.

El juez constitucional Ridwan Mansyur explicó en esencia que el artículo 28, párrafo (3) de la Ley de la Policía Nacional en realidad enfatiza una cosa importante, es decir, los miembros de la Policía Nacional sólo pueden ocupar puestos fuera de la policía después de dimitir o jubilarse.

Esto significa, dijo Ridwan, que si se entiende e interpreta cuidadosamente, «renunciar o retirarse del servicio policial» es un requisito que deben cumplir los miembros de la fuerza policial nacional para ocupar puestos fuera de la fuerza policial.

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Sin embargo, el Tribunal observó que la expresión «o no en función de una misión del Jefe de la Policía Nacional» en la explicación del párrafo 3) del artículo 28 de la Ley de la Policía Nacional aparentemente no aclara en absoluto las normas corporales, lo que genera ambigüedad.





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