El Ministerio de Educación Básica reglamentó la conformación del Grupo de Trabajo de Protección Educador-Tendik

Yakarta (ANTARA) – El Ministerio de Educación Primaria y Secundaria (Kemendikdasmen) ha promulgado normas relativas a la formación de un Grupo de Trabajo (Satgas) para la Protección de Educadores y Personal Educativo (Tendik) como coordinador de protección a nivel ministerial y de gobierno regional.

El Ministro de Educación Primaria y Secundaria (Mendikdasmen), Abdul Mu’ti, en Yakarta, describió el martes estas regulaciones en el Reglamento del Ministro de Educación Primaria y Secundaria (Permendikdasmen) de la República de Indonesia Número 4 de 2026 sobre la Protección de Educadores y Personal Educativo.

En este reglamento, el partido ha detallado el alcance de las tareas del grupo de trabajo, a saber, preparar programas de trabajo relacionados con la implementación de la protección, brindar defensa no litigiosa, llevar a cabo la socialización de políticas y programas de protección, brindar educación jurídica relacionada con la protección, así como coordinar y/o colaborar con la comunidad, organizaciones profesionales y/u otras partes relacionadas.

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Aparte de eso, otras tareas del grupo de trabajo son recibir y dar seguimiento a las quejas relacionadas con la protección, emitir decisiones resultantes de la promoción no litigiosa, realizar monitoreo y evaluación de los programas de protección que se han implementado y presentar informes a los líderes sobre la implementación de las funciones del Grupo de Trabajo de Protección.

En cuanto a la formación de un Grupo de Trabajo de Protección a nivel de gobierno regional, el Ministro de Educación Básica, Abdul Mu’ti, explicó varias disposiciones que deben cumplirse, entre ellas que la Oficina de Educación Provincial/Regencia/Ciudad, de conformidad con su autoridad, forme un Grupo de Trabajo de Protección.

La membresía del Grupo de Trabajo de Protección, continuó, la determina el Jefe del Servicio de Educación Provincial/Regencia/Ciudad de acuerdo con su autoridad, con un mandato de cuatro años y puede ser reelegido una vez finalizado su mandato.

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En cuanto al número de integrantes, el Ministro de Regulación de Educación Básica ha reglamentado que el Grupo de Trabajo de Protección a nivel de gobierno regional tenga un número impar, un máximo de siete personas.

Ellos, dijo el Ministro de Educación Básica, provienen de elementos del Servicio de Educación Provincial/Regencia/Ciudad y académicos, con una estructura organizativa compuesta por el presidente y miembros del Grupo de Trabajo de Protección.

Mientras tanto, para la formación a nivel ministerial, el Ministro de Educación Básica explicó varias reglas diferentes, a saber, que los miembros del Grupo de Trabajo de Protección tienen un número impar de al menos nueve personas, entre burócratas, académicos y profesionales.



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