Revelando los motivos por los que el gobierno publicó un artículo sobre insultos al presidente, vicepresidente e instituciones en el nuevo Código Penal


Yakarta, VIVA – El gobierno reveló los motivos de la creación de artículos relacionados con ataques al honor o dignidad del presidente y/o vicepresidente, así como insultos al gobierno o ministerios/instituciones en la Ley Número 1 de 2023 sobre el Código Penal (KUHP).

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El Viceministro de Justicia (Wamenkum), Edward Omar Sharif Hiariej, explicó que uno de los motivos fue la consideración de la decisión del Tribunal Constitucional número 013-022/PUU-IV/2006 sobre los artículos relativos a los insultos al presidente y/o vicepresidente del antiguo Código Penal, es decir, los artículos 134 y 136 bis.

«Hubo una decisión del Tribunal Constitucional en 2006. Si aún lo recuerdan, se trataba del tema del automóvil Jaguar. Los artículos 134 y 136 de los autobuses fueron examinados en el Tribunal Constitucional, y el Tribunal Constitucional anuló estos artículos», dijo el lunes el hombre conocido como Eddy, durante una conferencia de prensa en el edificio del Ministerio de Justicia, en Yakarta.

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Explicó que la Corte Constitucional decidió derogar el artículo porque cualquiera podía denunciar supuestos insultos contra el presidente y/o vicepresidente, o presentar una denuncia no constituía delito.

«A partir de las consideraciones del Tribunal Constitucional, el gobierno y la RPD crearon un artículo sobre los insultos a las instituciones estatales. Sólo lo limitamos. Si utilizamos el antiguo Código Penal, el jefe del tribunal de distrito es insultado, el jefe de policía es insultado, pueden estar sujetos a este artículo, pero los artículos del nuevo Código Penal son limitados», dijo.

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Por ello, dijo que el nuevo Código Penal solo regula que solo el Presidente y el Vicepresidente, luego los líderes del MPR RI, DPD RI, DPR RI, la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional pueden presentar denuncias por presuntos insultos o delitos.

«Entonces, es muy limitado, y es un delito de denuncia. En un delito de denuncia, quien debe presentar la denuncia es el titular de la institución», explicó.

Sabemos que el artículo 218 del nuevo Código Penal prevé sanciones penales para quien insulte al presidente y/o al vicepresidente. Mientras tanto, el artículo 240 del nuevo Código Penal regula las injurias a varias instituciones del Estado.

El artículo 218, párrafo 1), establece: «Toda persona que atente públicamente contra el honor o la dignidad del Presidente y/o del Vicepresidente será sancionada con pena privativa de libertad máxima de 3 (tres) años o multa máxima de categoría IV».

Artículo 218, apartado 2: “No constituye un ataque al honor o a la dignidad en el sentido del apartado 1, si el acto se realiza en interés público o en el contexto de legítima defensa. »

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Artículo 240, párrafo (1): “Quien insulte públicamente, oralmente o por escrito, al gobierno o a las instituciones del Estado, será castigado con pena privativa de libertad máxima de 1 (un) año y 6 (seis) meses o con multa máxima de categoría II.





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