Víctimas de las cenizas de cigarrillos en la carretera, los estudiantes impugnan el código de circulación ante el Tribunal Constitucional


Yogyakarta, VIVA – La experiencia de sufrir un accidente por cenizas y colillas en la vía motivó a un estudiante a llevar la Ley de Circulación y Transporte Vial (UU LLAJ) ante la Corte Constitucional.

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Muhammad Reihan Alfariziq, estudiante de la Universidad Muhammadiyah de Yogyakarta (UMY), presentó una solicitud de revisión judicial del artículo 106 de la Ley LLAJ después de sufrir un accidente de tráfico debido al comportamiento peligroso de otro conductor.

“Las normas del artículo 106 de la ley LLAJ son demasiado generales y no ofrecen una protección real para la seguridad de los usuarios de la vía”, afirmó Reihan, citado el sábado 24 de enero de 2026.

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Según Reihan, el artículo 106 de la Ley LLAJ, que exige a los conductores conducir con naturalidad y plena concentración, no proporciona seguridad jurídica respecto de acciones de riesgo en la carretera.

Considera que estas disposiciones no regulan estrictamente los comportamientos que puedan perjudicar a otros usuarios de la vía, en particular fumar mientras se conduce.

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Luego, Reihan contó el accidente que experimentó el 23 de abril de 2025 en Pantura Road. En ese momento, el conductor del vehículo que iba delante fumaba mientras conducía y arrojaba repetidamente cenizas de cigarrillo a la carretera.

«Al principio arrojó las cenizas del cigarrillo una vez, yo toqué la bocina. Al tirarlas por segunda vez, toqué la bocina otra vez. Pero la tercera vez arrojó la colilla de una vez y todavía estaba encendida», dijo Reihan.

La colilla encendida golpeó el ojo, la sien y la mano de Reihan. Como resultado, se sorprendió y, por reflejo, redujo la velocidad de su vehículo. Sin embargo, por detrás llegó otro coche y lo golpeó hasta hacerle caer, mientras su moto quedó arrastrada debajo del vehículo.

Basándose en esta experiencia, Reihan cree que el Estado no ha sido óptimo a la hora de mantener a los ciudadanos seguros en las carreteras. Se refirió al artículo 28G, párrafo (1), de la Constitución de 1945, que garantiza el derecho a una sensación de seguridad y autoprotección, así como al artículo 28D, párrafo (1), que garantiza la seguridad jurídica.

«Las normas vagas dan la impresión de que el Estado ignora la seguridad de los ciudadanos. Sin una confirmación de las normas, las prácticas inseguras en las carreteras seguirán considerándose insignificantes», afirmó.

La solicitud de revisión material se escuchó por primera vez ante el Tribunal Constitucional (MK) el martes 20 de enero de 2026 en Yakarta.

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En su petición, Reihan no pide que se suprima el artículo 106 de la ley LLAJ, sino que se interprete de forma condicional para regular con mayor firmeza la prohibición de conductas peligrosas durante la conducción.





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